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Ginecología

DIU de levonorgestrel

DIU de levonorgestrel

Texto de la lámina

DIU de levonorgestrel

Evita fecundación a través de engrosamiento de moco cervical, modificaciones estructurales en el endometrio y cambios en la motilidad tubaria.

Indicaciones o criterios de elegibilidad

  • Insertarse dentro de los primeros 7 días del ciclo menstrual.
  • Certeza de NO embarazo.
  • Lapso de 48 hrs posparto (incluyendo cesáreas).
  • Insertarse en > 4 semanas del puerperio (si pasan las 48 hrs).
  • Primeros 7 días pos aborto.
  • Patrón irregular sin sangrado abundante.
  • Sangrado vaginal de etiología desconocida.

Contraindicaciones o interacciones

  • ETC.
  • TVP.
  • LES con ac antifosfolípidos positivos.
  • Migraña con aura.
  • DM2.
  • TB pélvica.
  • Cirrosis descompensada.
  • EPI.
  • Cáncer de mama pasado y actual.
  • Fibromas uterinos en cavidad uterina.
  • Distorsión de la cavidad uterina de manera que sea incompatible con el DIU.

Nota R (Actinomyces)

La presencia de organismos como Actinomyces en la frotis cervical de una mujer con DIU-LNG, requiere investigación para descartar infección pélvica. El retiro de rutina no está indicado en mujeres sin signos de infección pélvica.

Nota R (embarazo intrauterino)

Las mujeres que tienen un embarazo intrauterino con un DIU-LNG insertado, deben ser orientadas para que retiren el DIU-LNG antes de las 12 semanas de gestación.

Eficacia

99.5% durante el 1.º año de uso.

Puntos importantes para ENARM

  • La cantidad de LNG liberada disminuye progresivamente.
  • El DIU-LNG de 13.5 mg tiene una duración de 3 años. El de 19.5 mg tiene una duración de 5 años. El DIU-LNG de 52 mg tiene una duración de 5 - 7 años.
  • La terminación anticonceptiva puede ocurrir inmediatamente de su retiro.

Seguimiento

  • A las 3 - 6 semanas para checar el hilo y excluir perforación.
  • En caso de embarazo + DIU se retiran antes de 12 SDG (GPC).

Fuente: 2022. CNESSER. Lineamientos técnicos para la prescripción y uso de métodos anticonceptivos en México. Primera edición, Secretaría de Salud. GPC-SS-505-11 / GPC-SS-202-09.

Material: Dr. Edwin Madera.